¿¿EL PLAN DE DE URGENCIA DEL PODER JUDICIAL PARA TRAMITAR LAS DEMANDAS DE CLÁUSULAS SUELO ESTÁ ABOCADO AL FRACASO??
En estas semanas, andando por los Juzgados observas como los funcionarios de los Juzgados especializados en tramitar las demandas de cláusulas suelo de las hipotecas están desconcertados por la descoordinación, la falta de personal y la ausencia de información acerca de cómo llevar a cabo la tarea encomendada por el Consejo General del Poder Judicial y la que “se le viene encima” con la avalancha de demandas de cláusulas suelo que se les avecina.
El acuerdo de 25 de mayo de 2017 del Consejo General del Poder Judicial infringe, según el Consejo General de la Abogacía Española, el ordenamiento jurídico y comportará graves problemas sociales. Esta medida agravará el problema que trata de solucionar. Según el Consejo General de la Abogacía Española la medida conculca el principio de juez predeterminado por la ley y quiebra el principio de igualdad de partes en claro perjuicio del CONSUMIDOR, alejando la Justicia de la Ciudadanía. No garantiza la prestación de un buen servicio público judicial.
Lo más importante y la conclusión que podemos sacar de todo esto es que por muchas quejas, reclamaciones y manifestaciones que se realicen, los beneficiados son que tienen que pagar, o sea las ENTIDADES BANCARIAS. Estas entidades que no han asumido nunca las sentencias que les condenan a devolver el dinero, que siguen convencidas que, en muchos casos, se informó correctamente a los clientes y que no hubo fraude. Y se resisten a pagar sin más. Todo ello pese a que los tribunales están repletos de sentencias que condenan a la banca frente a sus clientes.
Los CONSUMIDORES ante el retraso provocado por el RD 1/17 y el que presume sería la resolución de sus reclamaciones en vía judicial se ven abocados en ocasiones a aceptar lo que el banco les ofrece. Hay casos en los que la supresión de la cláusula suelo en un préstamo de un CONSUMIDOR supone la diferencia entre poder o no poder pagar la cuota de la hipoteca.
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